sábado 12 de septiembre de 2026

Política

Propuesta para una Entidad Descentralizada de Planificación en Bolivia

La Constitución boliviana establece la creación de una entidad de planificación participativa que involucre a diferentes actores sociales y estatales, proponiendo así un enfoque descentralizado en la gestión pública.

Por Ronald Ávalos · 10 de agosto de 2026

El artículo 317 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece que el Estado debe garantizar una entidad de planificación participativa que contemple representantes de las instituciones públicas y de la sociedad civil. Esta disposición subraya la importancia de la participación en el proceso de planificación estatal, lo que implica que debe existir una entidad responsable de llevar a cabo esta tarea.

Es fundamental recordar que el Estado abarca no solo al Gobierno central, sino también a diversos niveles de gobiernos e instituciones públicas en el país. En este sentido, la Ley 031, en su artículo 71, indica que la escala de gobierno encargada de cumplir con un mandato constitucional se determina según las competencias asignadas. Todos los niveles de gobierno tienen responsabilidades en materia de planificación, tal como lo indican varios artículos de la CPE.

Aunque podría interpretarse que el mandato constitucional sugiere la creación de un Ministerio de Planificación, se debe considerar que la norma exige la inclusión de representantes de diversas instituciones y de la sociedad civil. La única forma de integrar a estos actores es a través de un directorio, lo que corresponde a entidades que operan de manera descentralizada, como es el caso del Instituto Nacional de Estadísticas (INE).

Por lo tanto, se propone la creación de un Instituto Nacional de Planificación que cuente con un directorio participativo, compuesto por representantes de las instituciones públicas y de la sociedad civil. Esta decisión podría haber sido impulsada por la Asamblea Constituyente con la intención de mejorar la eficacia, ya que cuando la planificación se realiza dentro de la estructura del Gobierno, se corre el riesgo de que no se enfoque adecuadamente en su propósito.

Para conformar este directorio, se sugiere que los máximos representantes de los cuatro órganos del Gobierno sean quienes lo integren: el presidente y el vicepresidente del Estado por el Órgano Ejecutivo; los presidentes de la Cámara de Senadores y de Diputados por la Asamblea Legislativa Plurinacional; el presidente del Consejo de la Magistratura por el Órgano Judicial; y el presidente del Tribunal Supremo Electoral por el Órgano Electoral. En caso de que alguno de ellos no pueda asistir, se puede recurrir a la suplencia por prelación.

En representación de la sociedad civil, el directorio debería incluir a los máximos ejecutivos de organizaciones que representen a pueblos indígenas, campesinos y juntas vecinales, así como a representantes de grupos de atención prioritaria. Esto aseguraría que se escuchen y consideren las necesidades de todos los sectores en el proceso de planificación.

Se plantea que quienes no deberían formar parte del directorio son los representantes de organizaciones funcionales, dado que su enfoque tiende a ser más sectorial y no necesariamente de bienestar común. Estos actores pueden participar, sin embargo, en mesas o comités específicos relacionados con la planificación.

El presidente del Estado, o en su defecto el vicepresidente, debería presidir el directorio, dado que ambos pertenecen al Órgano Ejecutivo. Además, en el contexto de la crisis financiera actual, se sugiere la creación de una entidad única que abarque tanto las funciones de evaluación como las de planificación y estadísticas.

La gestión de esta nueva entidad se dividiría en cuatro fases: diagnóstico situacional, planificación, ejecución y evaluación, garantizando que cada componente cuente con una instancia responsable. La integración de estas áreas permitiría maximizar recursos y optimizar la eficiencia en la gestión pública.

Finalmente, se propone que cada gobierno autónomo en el país establezca su propio instituto de estadísticas, planificación y evaluación, adaptándose a sus capacidades financieras, y que los gobiernos indígenas tengan la libertad de definir sus propias estructuras organizativas en este ámbito.