Avanza la reglamentación de ley para víctimas de Senkata y Sacaba
La Defensoría del Pueblo impulsa la implementación de la Ley N.º 1686, que busca reparar integralmente a las víctimas de violaciones de derechos humanos durante disturbios en 2019.

La Defensoría del Pueblo ha recibido una resolución favorable de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que instruye al Ministerio de la Presidencia y al Viceministerio de Transparencia, Seguridad Jurídica y Derechos Humanos a que, en los próximos 30 días hábiles, lleven a cabo las acciones necesarias para finalizar el Proyecto de Reglamentación de la Ley N.º 1686. Este proceso debe incluir la participación activa de las víctimas de Senkata y Sacaba, así como de la sociedad civil y especialistas independientes.
Pedro Callisaya Aro, Defensor del Pueblo, ha subrayado que la reparación integral es un derecho que no puede ser postergado, enfatizando que el Estado tiene la responsabilidad de garantizar que las víctimas puedan ejercer sus derechos y participar en las decisiones que les afectan.
El 10 de julio de 2026, la Defensoría del Pueblo interpusó una acción de cumplimiento en representación de las víctimas de los trágicos eventos en Senkata y Sacaba, debido a la falta de avance en la reglamentación de la Ley N.º 1686, que se ocupa de la reparación de violaciones a derechos humanos. La defensoría argumentó que esta ausencia de reglamentación limita el acceso a justicia y reparación para las víctimas, además de contradecir las recomendaciones emitidas por el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
La Sala Constitucional Segunda emitió el 31 de agosto de 2026 la Resolución Constitucional N.º 237/2026, ordenando que en un plazo de 30 días hábiles el Ministro de la Presidencia y el Viceministro de Transparencia deben llevar a cabo varias acciones clave para avanzar en la reglamentación.
- Convocar y asegurar la participación efectiva de las víctimas, la sociedad civil y especialistas independientes.
- Concluir la revisión técnica, jurídica e interinstitucional del proyecto de reglamentación.
- Resolver las objeciones derivadas de la organización ministerial mediante mecanismos de coordinación.
- Remitir el proyecto definitivo al órgano correspondiente del Ejecutivo para su consideración.
El avance en este proceso es considerado por la Defensoría del Pueblo como un hito significativo para garantizar el cumplimiento de la Ley N.º 1686 y para asegurar que las víctimas tengan un rol activo en la formulación de la normativa que les afectará.
Callisaya también destacó que la participación de las víctimas en la elaboración de la reglamentación es esencial para que se contemple adecuadamente sus necesidades y, de este modo, se generen medidas de reparación efectivas y pertinentes bajo un enfoque de derechos humanos.
La Defensoría del Pueblo reafirmó su compromiso de seguir monitoreando el cumplimiento de la Resolución Constitucional N.º 237/2026 y las acciones que el Órgano Ejecutivo adopte para que las víctimas de Senkata y Sacaba puedan recibir una reparación integral y se garantice el respeto a sus derechos humanos.