La Comunidad Andina rechaza reclamo de Soboce contra el Estado boliviano
La Secretaría General de la Comunidad Andina ha decidido archivar el reclamo de Soboce debido a un litigio paralelo que impide su admisión a trámite.

Este miércoles, la Secretaría General de la Comunidad Andina (Sgcan) anunció en su Resolución N° 2647 que ha declarado inadmisible el reclamo presentado por la Sociedad Boliviana de Cemento S.A. (Soboce), junto con otras empresas, en contra del Estado boliviano. Con esta medida, el organismo ha decidido archivar el expediente sin abordar los temas de fondo del caso.
El conflicto se originó a raíz del Auto Supremo 1190/2026 emitido por el Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia, que determinó que la demanda de resarcimiento de daños presentada por Fancesa, una empresa de capital estatal, contra Soboce es imprescriptible. Este fallo se basa en la protección del patrimonio estatal en la Constitución boliviana.
Las empresas involucradas, que forman parte del Grupo Gloria de Perú, argumentaron ante la Sgcan que el criterio del Auto Supremo genera una ventaja competitiva injusta para Fancesa, lo cual consideran una violación al principio de trato nacional y a las regulaciones sobre libre competencia establecidas en el marco comunitario.
A pesar de que Soboce y sus socios lograron atender las observaciones formales y documentales planteadas por la Sgcan, la Secretaría General identificó un impedimento legal insuperable: el hecho de que existe un litigio paralelo en Bolivia. Según el abogado Cristian Mina, este litigio se encuentra actualmente en trámite.
La resolución destaca que Soboce tiene en curso una "Queja por Incumplimiento" ante la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Este recurso local comparte una identidad sustancial con el reclamo presentado ante la Comunidad Andina, ya que busca declarar nulo el Auto Supremo 1190/2026.
Siguiendo lo estipulado en la Decisión 623 y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (Tjcan), la Sgcan subrayó que no se permite la coexistencia de procesos judiciales en tribunales nacionales y comunitarios sobre el mismo asunto. Esta normativa tiene como objetivo prevenir la creación de fallos contradictorios que comprometan la seguridad jurídica en la región.
Debido a que el proceso se encuentra bajo revisión de las autoridades judiciales bolivianas, el reclamo presentado a nivel internacional fue considerado legalmente inadmisible.