Nueva ley facilita pasajes aéreos para pacientes críticos y con cáncer
El presidente Rodrigo Paz ha promulgado una ley que garantiza pasajes aéreos solidarios para aquellos pacientes que requieren tratamiento médico urgente fuera de su ciudad de residencia.

El 20 de octubre de 2026, el presidente Rodrigo Paz aprobó la Ley N.º 1780, la cual permite a los pacientes con cáncer y enfermedades críticas acceder a pasajes aéreos solidarios, tanto nacionales como internacionales, para recibir atención médica especializada en otras localidades.
La normativa establece que los beneficiarios deben obtener un certificado de salud emitido por la autoridad médica correspondiente. Además, se permite que los pacientes viajen con un acompañante, o dos si se trata de menores de edad.
El propósito principal de esta legislación es facilitar el traslado de los pacientes que requieren atención médica urgente, involucrando la colaboración de aerolíneas tanto públicas como privadas.
Obligaciones de las aerolíneas y acceso al beneficio.
Las aerolíneas tienen la obligación de reservar los asientos necesarios para los pacientes y sus acompañantes, asegurando condiciones adecuadas para un traslado confortable. Además, deberán emitir los boletos con suficiente anticipación a la cita médica.
Para acceder a los pasajes solidarios, los pacientes deberán presentar un certificado médico, ya sea físico o digital, expedido por instituciones de salud reconocidas. Este certificado no tendrá formalidades excesivas para su validación por parte de la autoridad sanitaria.
Asimismo, la ley ofrece incentivos fiscales a las aerolíneas que participen en esta iniciativa, permitiendo que el costo de los boletos sea deducido del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE). Sin embargo, los beneficiarios deberán hacerse cargo de otros impuestos aplicables.
Las aerolíneas que no cumplan con las estipulaciones de la ley se enfrentarán a sanciones por parte de las autoridades competentes. También se contempla la remisión de casos de fraude relacionado con certificados médicos al Ministerio Público para actuar judicialmente.
Finalmente, se establece un plazo de 30 días desde la publicación de la ley para que el Ministerio de Obras Públicas, en conjunto con el Ministerio de Salud, desarrolle la reglamentación que permitirá su implementación efectiva.