martes 27 de octubre de 2026

Sociedad

Aprobada Ley de Pasajes Aéreos Solidarios para Pacientes con Cáncer

La Cámara de Diputados ha aprobado una ley que facilitará el acceso a pasajes aéreos para aquellos pacientes diagnosticados con cáncer y otras enfermedades críticas que requieran atención médica especializada.

Por Fernando Torrico · 8 de octubre de 2026

La Cámara de Diputados ha aprobado, con ajustes, el Proyecto de Ley N.º 526/2024-2025, el cual establece la provisión de pasajes aéreos solidarios dirigidos a pacientes que padecen cáncer, enfermedades terminales o se encuentran en estado crítico. Esta medida permitirá a los pacientes trasladarse para recibir la atención médica necesaria.

El presidente de la Cámara de Diputados, Roberto Castro Salazar, comunicó que se han aceptado las modificaciones realizadas por el Senado, lo que habilita el envío de la ley al Órgano Ejecutivo para cumplir con los procedimientos constitucionales pertinentes.

Detalles de la Ley

La normativa incluye la provisión de pasajes tanto nacionales como internacionales, y contempla la posibilidad de que se cubran los traslados de acompañantes. Para los pacientes menores de edad, se asignarán dos pasajes a sus padres o familiares responsables.

Las aerolíneas, tanto públicas como privadas, estarán obligadas a reservar al menos cuatro asientos por vuelo para este propósito. Los pacientes que deseen acceder a este beneficio deberán presentar un certificado médico, ya sea en formato físico o digital, expedido por un hospital especializado, el cual será verificado de inmediato por la autoridad sanitaria más cercana.

En caso de que las aerolíneas no cumplan con las disposiciones establecidas, estarán sujetas a sanciones según la normativa nacional vigente. Además, si se detecta fraude en los certificados médicos, se enviarán los antecedentes al Ministerio Público para que se inicien las acciones legales pertinentes contra los implicados.

Por último, los ministerios de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, así como de Salud y Deportes, tendrán un plazo de 30 días desde la publicación de la ley para emitir la reglamentación necesaria para su implementación.